CONSIDERANDO I: (De los actos procesales)
VISTOS:ElRecurso de Casación interpuesto por Brian YehovanyYonatan Paredes Vargasde fs. 287a290, impugnando el Auto de Vista de 10 de junio de 2009 (fs. 283 a 284), emitido por la Sala Penal Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de Cochabamba, dentro del proceso penal de acción pública seguido por el Ministerio Público y María del Carmen García Vargas contra el recurrente, por la comisión del ilícito de Homicidio,previsto y sancionado por el art.251del Código Penal, los antecedentesde lo obrado, y;
CONSIDERANDO I: (De los actos procesales).-Que, de la revisión de los antecedentes y actuados cursantes en el cuaderno procesal venido en Casación se establece lo siguiente:
I.1.De la Acusación y de la tramitación del Juicio Oral, Público y Contradictorio.-Que, el Ministerio Público, así como María del Carmen García Vargas presentaron su Acusación Fiscal y particularcontra Brian YehovanyYonatan Paredes Vargasdefs. 3 a 5 y 11 a 14 por la comisión del delito de Homicidio por Emoción Violenta, tipificado y sancionado por el art. 254 del Código Penal ycomisión del delito de Homicidio, previsto y sancionado por el art. 251del Código Penal respectivamente. Que, sustanciado el proceso por el TribunalTercero de Sentencia de la Capital del Distrito Judicial de Cochabamba, se cumplió con todo el ritual procesal, instalándose y celebrándose el juicio con todas sus incidencias y emergencias (fs. 202 a 210), habiéndose dictado la Sentencia de 20 de febrero de 2009 (fs. 211 a 223)
- Fecha: Sucre, 14 de marzo de 2013
- Distrito:Cochabamba
- Expediente:113/2009
- Partes:Ministerio Público y María del Carmen García VargascontraBrian YehovanyYonatan Paredes Vargas
- Delito: Homicidio
- Recurso:Casación
- CONSIDERANDO I: (De los actos procesales)
- I
- Que, mediante memorial presentado el 20 de marzo de 2009 (fs
- CONSIDERANDO II: (De los motivos y argumentos del Recurso de Casación)
- En ese contexto, el acusadoBrian YehovanyYonatan Paredes Vargas, planteósu Recurso de Casación de fs
- II
- CONSIDERANDO III:(Del Derecho Universal a Impugnar o Recurrir)
- Es así, que en esa labor de aplicación de la norma, la ex Corte Suprema
- Derecho a recurrir o impugnar, que se encuentra tutelado en la Constitución Política del Estado
- CONSIDERANDOIV: (De los requisitos esenciales que viabilizan el Recurso de Casación)
- En ese entendimiento, el Código de Procedimiento Penal, Ley Nº 1970 de 25 de marzo
- El plazo para interponer el Recurso de Casación, es de 5 días siguientes a la
- Es de entender, que el cumplimiento de estos dos requisitos -de admisibilidad- es de carácter
- V
- Por otro lado; es necesario señalar, que este Tribunal dejo claramente sentado en los Autos
- POR TANTO
- Fdo. William E. Alave Laura
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