Del memorial que cursa de fs. 139 a 142, se extraen los siguientes motivos
II. DE LOS MOTIVOS DEL RECURSO DE CASACIÓN
Del memorial que cursa de fs. 139 a 142, se extraen los siguientes motivos:
Previamente a desarrollar y fundamentar los motivos de su recurso de casación, la recurrente señala que en resguardo de sus garantías constitucionales a la "seguridad jurídica", el derecho a la defensa y el debido proceso, formula el recurso de casación y en aplicación del art. 115 de la Constitución Política del Estado (CPE) pide se analice su denuncia, independiente de los requisitos de forma, toda vez que si bien es cierto que existe la exigencia de precedente contradictorio; sin embargo, conforme establece el Auto Supremo 97 de 18 de febrero de 2004, cuando existe flagrantes violaciones al procedimiento se proceda a la revisión excepcional y de oficio por violación al debido proceso conforme dispone el art. 169 inc. 3) del CPP
Del memorial que cursa de fs. 139 a 142, se extraen los siguientes motivos:
Previamente a desarrollar y fundamentar los motivos de su recurso de casación, la recurrente señala que en resguardo de sus garantías constitucionales a la "seguridad jurídica", el derecho a la defensa y el debido proceso, formula el recurso de casación y en aplicación del art. 115 de la Constitución Política del Estado (CPE) pide se analice su denuncia, independiente de los requisitos de forma, toda vez que si bien es cierto que existe la exigencia de precedente contradictorio; sin embargo, conforme establece el Auto Supremo 97 de 18 de febrero de 2004, cuando existe flagrantes violaciones al procedimiento se proceda a la revisión excepcional y de oficio por violación al debido proceso conforme dispone el art. 169 inc. 3) del CPP
- Por memorial presentado el 13 de febrero de 2013, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- Notificada la recurrente con el Auto de Vista impugnado, el 4 de febrero de 2013
- Del memorial que cursa de fs. 139 a 142, se extraen los siguientes motivos
- Denuncia que la Sala Penal Segunda, arbitraria y de forma ultra petita ha revalorizado la
- Argumenta que conforme el art
- Agrega que el Tribunal de alzada sostuvo que las pruebas aportadas resultaban insuficientes para acreditar
- Continúa señalando que el Auto Supremo 450 de 19 de agosto de 2004, estableció que
- El art
- En este contexto, el art
- a) Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes a la notificación
- b) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida,
- c) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- En el caso de autos, se constata que la recurrente cumplió con el primer requisito
- Respecto al requisito de fondo, la recurrente fundamenta con precisión que el Auto de Vista
- Se deja constancia que la solicitud de revisión excepcional realizada por la recurrente resulta innecesaria,
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- SALA PENAL SEGUNDA DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
