Auto Supremo AS/0056/2013-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0056/2013-RA

Fecha: 07-Mar-2013

Finalmente, refiere que el Auto de Vista recurrido, vulneró los preceptos contenidos en los Autos

Finalmente, refiere que el Auto de Vista recurrido, vulneró los preceptos contenidos en los Autos Supremos 18 de 12 de enero de 2006 y 634 de 20 de octubre de 2004, que disponen que no corresponde un rechazo automático de la petición sino que debe darse la posibilidad de reparar los defectos u omisiones, conforme lo dispone el art. 399 del CPP, en ese contexto, si el Tribunal de alzada observa el recurso de apelación restringida por no observar los requisitos previstos por los arts. 407 y 408 del CPP, debe otorgar un plazo para subsanar el recurso, precisando de manera clara la observación que realiza y los requisitos que extraña, lo que en el caso no se cumplió