Auto Supremo AS/0072/2013-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0072/2013-RA

Fecha: 18-Mar-2013

Sobre el TERCER y CUARTO PUNTO, refirió que el Auto de Vista expresó que no

Sobre el TERCER y CUARTO PUNTO, refirió que el Auto de Vista expresó que no hubo determinado las normas vulneradas ni el artículo habilitante; empero, de manera clara y expresa, habría referido la defectuosa valoración de la prueba en que incurrió el Juez de Sentencia vulnerando los arts. 124, 173 y 363 inc. 3) del CPP; además, atribuyéndole un hecho ilícito que jamás existió y que no constituye en delito de despojo; incurriendo el juzgador en defectuosa valoración de la prueba al quitar valor a determinadas pruebas de cargo y descargo; y asignarle valor a otras pruebas, con el único propósito de incriminarlo y forzar injustamente responsabilidad penal en su contra, estableciéndose que no existe una valoración de la prueba de manera conjunta y armoniosa. Invoca como precedente contradictorio el Auto Supremo 73 de 10 de febrero de 2004, cuya contradicción radica en que pese a cumplirse con los requisitos de la admisibilidad se declaró la inadmisibilidad, lo que es contrario al precedente que refirió que por "un simple recibo de anticresis determinó la ausencia de prueba para el delito de despojo, disponiendo la absolución del delito de despojo..." (sic); asimismo, invocó el Auto Supremo 31 de 26 de enero de 2007, relativo al hecho de que para que opere el delito de despojo, debe necesariamente preexistir la posesión de la víctima sobre el inmueble objeto de despojo, que no se dio en el presente caso