ANTE MÍ. Abog. Sandra Magaly Mendivil Bejarano.
FIRMADO: Dr. Fidel Marcos Tordoya Rivas. (Presidente)
Jorge Isaac Von Borries Méndez.
ANTE MÍ. Abog. Sandra Magaly Mendivil Bejarano.
- VISTOS: El recurso de casación interpuesto por Priscila Porcel Miwa (fs
- Que de la revisión de los antecedentes remitidos en casación se establece lo siguiente
- Contra la referida Sentencia, la acusadora particular Ayda Yoshida Arias de Cardozo formuló recurso de
- Que la recurrente Priscila Porcel Miwa, denuncia que al dictar el Auto de Vista impugnado
- Asimismo en cuanto a la fundamentación y motivación, indica que debe ser individual para cada
- Que conforme a la previsión del artículo 416 del Código de Procedimiento Penal, el recurso
- El artículo 417 de la Ley Adjetiva Penal concluye señalando que el incumplimiento de dichos
- IV
- En consecuencia, los extremos expuestos demuestran el incumplimiento de requisitos formales para la admisibilidad del
- POR TANTO: La Sala Penal Primera del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- ANTE MÍ. Abog. Sandra Magaly Mendivil Bejarano.
