Auto Supremo AS/0073/2013-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0073/2013-RRC

Fecha: 19-Mar-2013

De la atenta revisión de los antecedentes venidos en casación, se establece lo siguiente

II. ACTUACIONES PROCESALES VINCULADAS AL RECURSO
De la atenta revisión de los antecedentes venidos en casación, se establece lo siguiente:
II.1. De la Sentencia
Desarrollado el juicio oral, el Tribunal Segundo de Sentencia del Tribunal Departamental de Justicia de Potosí, dictó Sentencia Condenatoria en contra del recurrente, argumentando que: i) Efectivamente se produjo el hecho acusado de robo con fuerza y violencia en las cosas; ii) Por confesión propia se tiene que participó María Sihuayro; empero, que no pudo consumar el hecho ella sola, sino que tuvo que tener la ayuda de la persona más cercana a ella con la fuerza suficiente para deschapar el candado y violentar las armellas de la puerta, así como voltear el muro de adobes; iii) El señor David Mamani Flores, es la persona más allegada a ella, quien colaboró en el cargado de los bienes al camión cuando la Fiscalía procedió a su retiro y además, que el ahora recurrente tenía acceso al inmueble (tienda) por el canchón contiguo donde vivía María Sihuayro; iv) El hecho de pagar dineros, inclusive más allá del monto sustraído, hace ver la autoría del imputado David Mamani Flores; y, v) Finalmente, en la deliberación para determinar la autoría del imputado, se hace referencia a que se consideró que existía prueba suficiente que generó en el Tribunal la convicción sobre su participación, con la modificación en la calificación del tipo penal que había acusado el Ministerio Público, pues como no intervinieron dos o más personas en el hecho, correspondía la tipificación por el delito de Robo y no así de Robo Agravado, aclarando también que en la votación existió voto disidente de dos de sus miembros, jueces ciudadanos, que habían estimado que existía duda razonable, por lo que votaron por la absolución