POR TANTO: La Sala Social y Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, con la atribución
POR TANTO: La Sala Social y Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, con la atribución conferida en el artículo 184. I de la Constitución Política del Estado y el artículo 42. I. 1) de la Ley Nº 025 del Órgano Judicial, en ejercicio de la potestad de juzgar que emana del pueblo boliviano, declara IMPROCEDENTE el recurso de casación tanto en el Fondo como en la Forma de fs. 645 a 648. Sin costas en aplicación del artículo 39 de la Ley Nº 1178 de 20 de julio de 1990 y artículo 52 del Decreto Supremo Nº 23215 de 22 de julio de 1992
- VISTOS: El recurso de casación en el fondo y en la forma, interpuesto por Willan
- En grado de apelación deducida por Michaele Fabiana Vargas Guzmán en su condición de Gerente
- Willan Elvio Castillo Morales en representación legal de la Aduana Nacional – Gerencia Regional Santa
- I.1.1. Interpretación errónea o aplicación indebida de la normativa legal existente
- Que, en los informes que cursan en el expediente se puede comprobar que la Administración
- I.2. Recurso de casación en la forma
- Que, el proceso desde su inicio tiene vicios de nulidad, en principio se citó a
- Concluye impetrando que, el “Tribunal de Alzada, se sirva conceder el presente RECURSO EXTRAORDINARIO DE
- CONSIDERANDO II: De la revisión y compulsa de antecedentes del proceso, lo expuesto en el
- II.1.1. Sobre la Interpretación errónea o aplicación indebida de la normativa legal existente
- Del análisis del memorial del Recurso de Casación, se advierte que el recurrente, simplemente se
- Por otra parte, cabe señalar que el recurrente obviando la adecuada técnica jurídica que hace
- II.2. Respecto al recurso de casación en la forma
- La doctrina y la jurisprudencia de este Tribunal Supremo, estableció que el recurso de casación,
- Por todo lo expresado, constituye suficiente motivación para declarar improcedente el recurso de casación intentado,
- Que, en este marco legal, el recurso interpuesto tanto en el fondo como en la
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, con la atribución
