Auto Supremo AS/0101/2013
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0101/2013

Fecha: 08-Mar-2013

Por otro lado mencionó que existen varios actos procesales que no fueron notificados y pese

Por otro lado mencionó que existen varios actos procesales que no fueron notificados y pese ha ello se siguió el curso del proceso, indicando que existe un defecto absoluto que implicaría la nulidad de obrados como lo sería la providencia no cumplida la cual ordenaba una nueva foliación de todo el proceso con tinta negra, y que los actuados se mantenieron con tinta azul casi ilegible aspecto que debió cuidar el Juez a quo conforme lo establece el art. 3 num. 1) del Código de Procedimiento Civil al igual que la disposición Especial Segunda Parágrafo I y II de la Ley Nro.760 vulnerándose el debido proceso, la justicia oportuna y la garantía también constitucional a ser protegida efectivamente por los jueces y tribunales