Auto Supremo AS/0111/2013
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0111/2013

Fecha: 28-Mar-2013

CONSIDERANDO II

CONSIDERANDO II:
DE LOS FUNDAMENTOS DE LA IMPUGNACION.-
I.- Recurso de casación en la forma.- Los recurrentes indican que, teniendo en cuenta los antecedentes procesales claros y de fácil asimilación, correspondía al tribunal ad quem, después de radicar el proceso decidir con la pertinencia del artículo 236 del Código de Procedimiento Civil, al que acusan de haberse infringido o violado por su inobservancia y aplicación; señalan que, el auto de rechazo de la solicitud de perención de instancia, al estar revestido de un carácter definitivo, corresponde en derecho casar en la forma el auto de vista recurrido, manifiestan que, los vocales del tribunal ad quem, ha obrado desconociendo su propia competencia infringiendo o violando por su inobservancia los artículos 26 y 27 de la Ley de Organización Judicial, concordante con la inobservancia del artículo 254 – 4) del Código de Procedimiento Civil, al omitir pronunciamiento sobre la perención de instancia