Auto Supremo AS/0116/2013-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0116/2013-RA

Fecha: 24-Abr-2013

Por otra parte, el recurso de casación sometido a análisis impugna el Auto de Vista

IV. ANÁLISIS SOBRE EL CUMPLIMIENTO DE DICHOS REQUISITOS
En el caso de autos se evidencia que el recurso de casación ha sido interpuesto dentro del plazo previsto por el art. 417 del CPP, concurriendo además uno de los supuestos previstos por el inc. iii) del acápite anterior de la presente Resolución, habida cuenta que el imputado ahora recurrente fue declarado absuelto mediante Sentencia emitida por la Juez de Sentencia de Santa Ana de Yacuma del Tribunal Departamental de Justicia de Beni; lo que implica, que el supuesto agravio se produjo con el pronunciamiento del Auto de Vista impugnado.
Por otra parte, el recurso de casación sometido a análisis impugna el Auto de Vista 012/2013 de 26 de marzo, porque anuló la Sentencia pronunciada en primera instancia y ordenó la reposición del juicio oral por otro tribunal, amparándose en supuestos defectos de la Sentencia por falta de fundamentación y mala valoración de la prueba, que en criterio del recurrente no es evidente pues la Sentencia está debidamente motivada y realiza una correcta valoración de la prueba incorporada legalmente al proceso, detallando al efecto los fundamentos de su afirmación y citando como precedentes contradictorios los Autos Supremos 474 de 8 de diciembre de 2005 y 223 de 22 de agosto de 2012