Auto Supremo AS/0146/2013
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0146/2013

Fecha: 25-Abr-2013

En ambos casos, es de inexcusable cumplimiento que el recurrente cite en términos claros, concretos

En ambos casos, es de inexcusable cumplimiento que el recurrente cite en términos claros, concretos y precisos las leyes violadas o aplicadas falsa o erróneamente y especifique en qué consiste la violación, falsedad o error, proponiendo la posible solución jurídica al caso planteado, tal cual establece el artículo 258 numeral 2) del Código de Procedimiento Civil