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    Auto Supremo AS/0154/2013
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0154/2013

    Fecha: 11-Abr-2013

    Por secretaría cúmplase con lo previsto por el artículo 17

    Por secretaría cúmplase con lo previsto por el artículo 17. IV de la Ley del Órgano Judicial
    • 1. Antecedentes con relevancia jurídica
    • En apelación deducida por la parte actora (fs
    • 2. Recurso de casación
    • Concluye solicitando “se tenga por interpuesto el recurso de Casación en el Fondo contra la
    • CONSIDERANDO II: Que del análisis y examen exhaustivo de las piezas existentes en el proceso,
    • Para resolver la controversia, corresponde referirnos inicialmente a lo señalado por el artículo 205 del
    • En ese contexto, de la revisión de los antecedentes procesales se advierte, que emitida la
    • Sobre el particular, evidentemente el Tribunal Constitucional en la Sentencia 1508/2005-R de 25 de noviembre,
    • “…
    • Así, en el caso de examen y respecto de las partes del proceso, los plazos
    • En consecuencia, se evidencia que al haber el Tribunal ad quem, resuelto anular obrados hasta
    • Por lo relacionado y fundamentado, corresponde resolver el recurso en la forma que prevén los
    • POR TANTO: La Sala Social y Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad
    • Por secretaría cúmplase con lo previsto por el artículo 17
    • Regístrese, notifíquese y devuélvase

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