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    Auto Supremo AS/0172/2013
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0172/2013

    Fecha: 11-Abr-2013

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    Firmado: Dr. Antonio G. Campero Segovia
    Dra. Norka N. Mercado Guzmán
    Ante mí: Dra. Carla Jimena Rivera Taboada
    Secretaria de Sala Social y Administrativa
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    • CONSIDERANDO I: Que tramitado el proceso por pago de beneficios sociales, la Juez Primero de
    • Interpuesto el recurso de apelación por el demandante (fs
    • Dicha resolución motivó que el actor formule recurso de casación en el fondo (fs
    • Así también indica la mala aplicación del artículo 164
    • Finalmente, señaló que conforme a los fundamentos expuestos corresponderá al Tribunal Supremo de Justicia casar
    • Conforme se advierte de la revisión del recurso de casación, el recurrente versa su contenido,
    • A ello, si bien lo determinado por el artículo 48
    • En la especie, se observa por el propio memorial de demanda (fs
    • A ello, es preciso puntualizar que solamente en el caso de que el cómputo de
    • De tal forma por lo señalado, no se infiere que el Tribunal ad quem haya
    • Consecuentemente, no siendo evidentes las infracciones acusadas en el recurso, corresponde dar aplicación a los
    • No se regula honorario del abogado al no haber respondido al recurso de casación
    • Regístrese, notifíquese y devuélvase
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