Dicha resolución motivó que el actor formule recurso de casación en el fondo (fs
Dicha resolución motivó que el actor formule recurso de casación en el fondo (fs. 299-300), reclamando la interpretación errónea del artículo 164. II de la Constitución Política del Estado, al sostener que la aplicación de dicha norma es desde el momento de su publicación, no teniendo efecto retroactivo, sosteniendo que no es de aplicación los artículos 48. IV y 123 de la Constitución Política del Estado
- CONSIDERANDO I: Que tramitado el proceso por pago de beneficios sociales, la Juez Primero de
- Interpuesto el recurso de apelación por el demandante (fs
- Dicha resolución motivó que el actor formule recurso de casación en el fondo (fs
- Así también indica la mala aplicación del artículo 164
- Finalmente, señaló que conforme a los fundamentos expuestos corresponderá al Tribunal Supremo de Justicia casar
- Conforme se advierte de la revisión del recurso de casación, el recurrente versa su contenido,
- A ello, si bien lo determinado por el artículo 48
- En la especie, se observa por el propio memorial de demanda (fs
- A ello, es preciso puntualizar que solamente en el caso de que el cómputo de
- De tal forma por lo señalado, no se infiere que el Tribunal ad quem haya
- Consecuentemente, no siendo evidentes las infracciones acusadas en el recurso, corresponde dar aplicación a los
- No se regula honorario del abogado al no haber respondido al recurso de casación
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
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