Auto Supremo AS/0182/2013
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0182/2013

Fecha: 23-Abr-2013

De todo lo expuesto, se concluye que las

De todo lo expuesto, se concluye que las afirmaciones realizadas en el recurso de casación de fs. 116-117, carecen de sustento legal; ya que el Auto de Vista recurrido emitido por el Tribunal ad quem se sujeta a las normas legales en vigencia, no observándose violación de norma legal alguna, al contrario existió correcta valoración, interpretación y aplicación de la ley por lo que corresponde resolverlo en el marco de las disposiciones legales contenidas en los artículos 271. 2) y 273 del Código de Procedimiento Civil, aplicables por la norma remisiva contenida en el artículo 252 del Código Procesal del Trabajo