Por lo que, en base a las acusaciones sustantivas y adjetivas, impetra se case el
Por otra parte, sostiene, que la actora no pidió la subasta de remate del lote de terreno, sin embargo de ello el fallo del Juez resulta ser ultra petita, pues en la presente causa no se ha pedido el remate o subasta del bien inmueble sino la división y partición de la cosa común, por lo que se deduce que se ha conculcado el art. 167. parágrafo I del Código Civil.
Por lo que, en base a las acusaciones sustantivas y adjetivas, impetra se case el Auto de Vista y declarar improbada la demanda de división y partición
Por lo que, en base a las acusaciones sustantivas y adjetivas, impetra se case el Auto de Vista y declarar improbada la demanda de división y partición
- Partes: Valeria Agapita Alanoca Candia. c/ Corina Alanoca de Fernández.
- Proceso: División y Partición
- Distrito: La Paz
- ANTECEDENTES DEL PROCESO
- Contra dicha Resolución, la demanda interpone recurso ordinario de apelación, que previo el trámite de
- DE LOS HECHOS QUE MOTIVAN LA IMPUGNACIÓN
- II
- Los documentos de fs
- El art
- Por lo que, en base a las acusaciones sustantivas y adjetivas, impetra se case el
- FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relator: Mgdo. Dr. Rómulo Calle Mamani.
