Auto Supremo AS/0119/2013-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0119/2013-RA

Fecha: 07-May-2013

Continúa su recurso, en la afirmación que a las pruebas signadas como "MP-D6", "MP-D10" y

Continúa su recurso, en la afirmación que a las pruebas signadas como "MP-D6", "MP-D10" y "MP-D11", se les hubiera otorgado valor de "prueba plena a pesar de que las mismas no han sido ratificadas, ni se obtuvo en forma legal, mediante requerimiento fiscal..." (sic), contraviniendo de tal cuenta al art. 167 de la Constitución Política del Estado (CPE), y que tal acción a la par vulneró lo inmerso en el art. 173 del Código de Procedimiento Penal (CPP), pues en la Sentencia no se valoró las pruebas de manera individual, motivando las razones por las que se asignó un determinado valor. Manifiesta también que el Tribunal de alzada, indicó que las pruebas testificales no fueron respaldadas por otros medios. Este planteamiento es extractado como segundo motivo