Auto Supremo AS/0119/2013-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0119/2013-RA

Fecha: 07-May-2013

Por otra parte, se evidencia que el recurrente fundamenta que el Auto de Vista impugnado

Por otra parte, se evidencia que el recurrente fundamenta que el Auto de Vista impugnado incurre en contradicciones en cuanto a la doctrina legal asumida por la -extinta- Corte Suprema de Justicia a través del Auto Supremo 537 de 17 de noviembre de 2006, con relación a la valoración de la prueba por parte de los jueces y Tribunales de sentencia, en sentido del deber de asignar el valor a cada uno de los elementos de prueba incorporados al juicio, extremo que el recurrente denuncia no sucedió en su caso, aspecto que fue convalidado por el Auto de Vista que impugna, señalando que se omitió el otorgar la debida valoración a las tres coincidentes atestaciones de testigos de descargo en el trámite del juicio oral. De tal cuenta, cumplidos los requisitos procesales exigidos al caso, resta ingresar al análisis de fondo del recurso de casación en lo que toca a este motivo