Por otra parte, se evidencia que el recurrente fundamenta que el Auto de Vista impugnado
Por otra parte, se evidencia que el recurrente fundamenta que el Auto de Vista impugnado incurre en contradicciones en cuanto a la doctrina legal asumida por la -extinta- Corte Suprema de Justicia a través del Auto Supremo 537 de 17 de noviembre de 2006, con relación a la valoración de la prueba por parte de los jueces y Tribunales de sentencia, en sentido del deber de asignar el valor a cada uno de los elementos de prueba incorporados al juicio, extremo que el recurrente denuncia no sucedió en su caso, aspecto que fue convalidado por el Auto de Vista que impugna, señalando que se omitió el otorgar la debida valoración a las tres coincidentes atestaciones de testigos de descargo en el trámite del juicio oral. De tal cuenta, cumplidos los requisitos procesales exigidos al caso, resta ingresar al análisis de fondo del recurso de casación en lo que toca a este motivo
- Por memorial presentado el 15 de abril de 2013, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece
- Notificado el recurrente con el Auto de Vista impugnado el 8 de abril de 2013
- Del memorial que cursa de fs. 81 a 83, se extraen los siguientes motivos
- Continúa su recurso, en la afirmación que a las pruebas signadas como "MP-D6", "MP-D10" y
- Realizando un esbozo sobre autoría y culpabilidad, el recurrente como tercer motivo manifiesta, que tanto
- El art
- Judicial (LOJ), que establece entre otras atribuciones de las Salas especializadas de éste Tribunal, la
- i) Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes a la notificación
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida,
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- En autos, el recurrente cumplió con el primer requisito relativo al plazo, toda vez que
- Por otra parte, se evidencia que el recurrente fundamenta que el Auto de Vista impugnado
- En cuanto al segundo motivo extractado de su recurso, se tiene que si bien el
- En el tercer y último motivo del recurso, se tiene que el recurrente apunta a
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- SALA PENAL SEGUNDA DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
