Del memorial que cursa de fs. 81 a 83, se extraen los siguientes motivos
II. DE LOS MOTIVOS DEL RECURSO DE CASACIÓN
Del memorial que cursa de fs. 81 a 83, se extraen los siguientes motivos:
Como primer motivo, el recurrente alega una defectuosa valoración de la prueba por parte del Juez de sentencia, situación que en su criterio fue avalada por el Tribunal de alzada, siendo que el Auto de Vista recurrido es contrario al Auto Supremo 537 de 17 de noviembre de 2006, habida cuenta que, en su caso no habrían concurrido los elementos constitutivos del hecho; por tanto, mal se le pudo atribuir la comisión de delito alguno, en razón de que los certificados médicos no fueron refrendados, poseyendo en esa circunstancia simplemente valor informativo; de igual manera, señala que las atestaciones de descargo aseveran en forma coincidente una versión distinta sobre los hechos insertos en la Sentencia; concluyendo en la afirmación de que el Juez de Sentencia omitió asignar valor a cada uno de los elementos de prueba incorporados al juicio
Del memorial que cursa de fs. 81 a 83, se extraen los siguientes motivos:
Como primer motivo, el recurrente alega una defectuosa valoración de la prueba por parte del Juez de sentencia, situación que en su criterio fue avalada por el Tribunal de alzada, siendo que el Auto de Vista recurrido es contrario al Auto Supremo 537 de 17 de noviembre de 2006, habida cuenta que, en su caso no habrían concurrido los elementos constitutivos del hecho; por tanto, mal se le pudo atribuir la comisión de delito alguno, en razón de que los certificados médicos no fueron refrendados, poseyendo en esa circunstancia simplemente valor informativo; de igual manera, señala que las atestaciones de descargo aseveran en forma coincidente una versión distinta sobre los hechos insertos en la Sentencia; concluyendo en la afirmación de que el Juez de Sentencia omitió asignar valor a cada uno de los elementos de prueba incorporados al juicio
- Por memorial presentado el 15 de abril de 2013, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece
- Notificado el recurrente con el Auto de Vista impugnado el 8 de abril de 2013
- Del memorial que cursa de fs. 81 a 83, se extraen los siguientes motivos
- Continúa su recurso, en la afirmación que a las pruebas signadas como "MP-D6", "MP-D10" y
- Realizando un esbozo sobre autoría y culpabilidad, el recurrente como tercer motivo manifiesta, que tanto
- El art
- Judicial (LOJ), que establece entre otras atribuciones de las Salas especializadas de éste Tribunal, la
- i) Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes a la notificación
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida,
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- En autos, el recurrente cumplió con el primer requisito relativo al plazo, toda vez que
- Por otra parte, se evidencia que el recurrente fundamenta que el Auto de Vista impugnado
- En cuanto al segundo motivo extractado de su recurso, se tiene que si bien el
- En el tercer y último motivo del recurso, se tiene que el recurrente apunta a
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- SALA PENAL SEGUNDA DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
