En cuanto al segundo motivo extractado de su recurso, se tiene que si bien el
En cuanto al segundo motivo extractado de su recurso, se tiene que si bien el recurrente realiza una denuncia apoyado en norma constitucional, una supuesta vulneración a derechos y garantías, así del incumplimiento del art. 173 del CPP, planteando qué prueba documental introducida al juicio no cumpliría con formalidades legales, y por ello no debió haber sido valorada en Sentencia; sin embargo, en este punto el recurrente omite la enunciación de precedente contradictorio alguno, requisito de ineludible cumplimiento para la apertura del análisis de fondo conforme se desarrolló en el inc. ii) del acápite II en el presente Auto Supremo. Asimismo, si bien el recurrente apoya su agravio en presunto quebrantamiento de una norma constitucional; empero, no detalla cuál el acto que haya restringido su derecho, o la disminución de éste, más allá de eso incluso apoya su pretensión en un articulado comprendido en la anterior Constitución Política del Estado, estas razones limitan la apertura de competencia de este Tribunal Supremo, deviniendo entonces en la imposibilidad de análisis respecto a este motivo
- Por memorial presentado el 15 de abril de 2013, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece
- Notificado el recurrente con el Auto de Vista impugnado el 8 de abril de 2013
- Del memorial que cursa de fs. 81 a 83, se extraen los siguientes motivos
- Continúa su recurso, en la afirmación que a las pruebas signadas como "MP-D6", "MP-D10" y
- Realizando un esbozo sobre autoría y culpabilidad, el recurrente como tercer motivo manifiesta, que tanto
- El art
- Judicial (LOJ), que establece entre otras atribuciones de las Salas especializadas de éste Tribunal, la
- i) Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes a la notificación
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida,
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- En autos, el recurrente cumplió con el primer requisito relativo al plazo, toda vez que
- Por otra parte, se evidencia que el recurrente fundamenta que el Auto de Vista impugnado
- En cuanto al segundo motivo extractado de su recurso, se tiene que si bien el
- En el tercer y último motivo del recurso, se tiene que el recurrente apunta a
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- SALA PENAL SEGUNDA DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
