Que, el Tribunal de Apelación argumentó que la sentencia de mérito habría establecido de manera
Que, el Tribunal de Apelación argumentó que la sentencia de mérito habría establecido de manera debida y circunstanciada los hechos que fueron base de la sentencia, valorándose toda la prueba de cargo y de descargo de manea motivada, siendo evidente que la declaración de la madre de la víctima lo único que hizo fue corroborar la abundante prueba de cargo, demostrándose suficientemente la existencia del hecho y la responsabilidad de los procesados, llegando incluso a demostrar la prueba de descargo que la víctima y su hermano menor visitaban a los procesados en su cuarto. Por otro lado, el Tribunal de Apelación señaló que la conducta del procesado Luís Alberto TiconaTonconi se subsumiría a lo previsto por el art. 23 del Código Penal, puesto que dolosamente cooperó en la ejecución del hecho y no habría participado en la segunda oportunidad en la que se produjo otra violación
- Que, de la revisión de la Sentencia Condenatoria pronunciada por el Tribunal de la causa,
- CONSIDERANDO II: Que, la Sentencia Condenatoria pronunciada por el Tribunal de la causa fue objeto
- Se incurrió en el defecto previsto por el art
- Que, previo el trámite recursivo seguido por las autoridades jurisdiccionales, el Tribunal de Apelación conformado
- Que, el Tribunal de Apelación argumentó que la sentencia de mérito habría establecido de manera
- CONSIDERANDO III: Que, a través del Recurso de Casación cursante de fs
- Que, en el contexto antes señalado, el sistema procesal penal vigente en el país ha
- CONSIDERANDO V:Que, ingresando a la consideración de las condiciones de admisibilidad del Recurso de Casación
- Que, por otro lado, se tiene que la parte recurrente también cumplió con el imperativo
- POR TANTO: La Sala Penal Liquidadora del Tribunal Supremo de Justicia, en cumplimiento del art
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