CONSIDERANDO: que de la revisión de antecedentes se tiene que
VISTOS EN SALA PLENA: La demanda contencioso administrativa de fs. 63 a 71 presentada por la CÁMARA DE LA CONSTRUCCIÓN DE SANTA CRUZ (CADECOCRUZ), representada legalmente por Rolando Shrupp Rivero, contra el Órgano Ejecutivo compuesto por el Presidente del Estado Plurinacional, Juan Evo Morales Ayma, el Vicepresidente Álvaro García Linera y el Consejo de Ministros, solicitando la anulación del D.S. 1020 de 26 de octubre de 2011; el informe de la Magistrada Tramitadora Maritza Suntura Juaniquina y;
CONSIDERANDO: que de la revisión de antecedentes se tiene que:
1)Por D.S. Nº 1020, de 26 de octubre de 2011, publicado en la Gaceta Oficial del Estado Plurinacional Nº 0309, se creó la “Empresa Estratégica Boliviana de Construcción y Conservación de Infraestructura Civil”, con sigla E.B.C
- PROCESO: Contencioso Administrativo
- FECHA: Sucre, trece de mayo de dos mil trece
- CONSIDERANDO: que de la revisión de antecedentes se tiene que
- 2)Impugnando dicho D
- b)Viola la CPE en sus arts
- c)Trasgrede el art
- d)Viola derechos subjetivos como el derecho a la primacía de la constitución, el derecho a
- e)Señala que los arts
- Razones por las que solicitó a la Presidencia del Estado la abrogación del D
- 3)Que en referencia al Recurso de Revocatoria, el Ministerio de la Presidencia, emitió la Nota
- 4)Por memorial de fs
- Invade el ámbito de las competencias constitucionales concurrentes y compartidas; no sujeta a la EBC
- Lesiona el derecho a la igualdad en la concurrencia y competencia en las licitaciones y
- Atenta a los arts
- Atenta contra los principios de legalidad de la administración publica, de servicio a los intereses
- Viola el art
- Vulnera el principio de jerarquía normativa establecido por los arts
- Viola Derechos Fundamentales consagrados por el art
- Atenta contra la Ley Financial al incorporar obligaciones para el Tesoro General que deberían haberse
- En ese entendido el art
- Que de la revisión de antecedentes se tiene que el representante legal de la CÁMARA
- Por lo que se concluye que al tratarse de supuestas violaciones a derechos y garantías
- Secretario de Sala Plena
