II.- CONSIDERANDO
Partes: María Inés Cintia Gutiérrez Vaca Diez c/ Carlos Friffthis Torrez
Distrito: Santa Cruz
Magistrada Relatora: Dra. Elisa Sánchez Mamani
__________________________________________________________________________
I.- VISTOS:
1.- El recurso de casación en el fondo, interpuesto por Carlos Friffthis Torrez en representación de Rocky Jerome Malloy, contra el Auto de Vista Nº 617 de 19 de diciembre de 2007, pronunciado por la Sala Civil Segunda de la entonces Corte Superior de Distrito de Santa Cruz, en el proceso ordinario doble de resolución de contrato, seguido por María Inés Cintia Gutiérrez Vaca Diez en contra del recurrente, los antecedentes y;
II.- CONSIDERANDO:
2.1. Antecedentes del proceso.- Que, mediante sentencia de fojas 126 a 128 de obrados, pronunciado por el Juez de Partido Cuarto en lo Civil y Comercial de la ciudad de Santa Cruz, se declaró probada la demanda de fojas 16 a 17 y complementada a fojas 19 a 20, e improbada la demanda reconvencional, sin costas
Distrito: Santa Cruz
Magistrada Relatora: Dra. Elisa Sánchez Mamani
__________________________________________________________________________
I.- VISTOS:
1.- El recurso de casación en el fondo, interpuesto por Carlos Friffthis Torrez en representación de Rocky Jerome Malloy, contra el Auto de Vista Nº 617 de 19 de diciembre de 2007, pronunciado por la Sala Civil Segunda de la entonces Corte Superior de Distrito de Santa Cruz, en el proceso ordinario doble de resolución de contrato, seguido por María Inés Cintia Gutiérrez Vaca Diez en contra del recurrente, los antecedentes y;
II.- CONSIDERANDO:
2.1. Antecedentes del proceso.- Que, mediante sentencia de fojas 126 a 128 de obrados, pronunciado por el Juez de Partido Cuarto en lo Civil y Comercial de la ciudad de Santa Cruz, se declaró probada la demanda de fojas 16 a 17 y complementada a fojas 19 a 20, e improbada la demanda reconvencional, sin costas
- Proceso: Doble de resolución de contrato
- II.- CONSIDERANDO
- Que, en grado de apelación, interpuesto por Carlos Griffthis Torrez, la Sala Civil Segunda de
- Contra el referido Auto de Vista, por memorial cursante a fojas 150 a 151 vuelta,
- 3
- 2º
- Finalmente pide que se case el Auto de Vista impugnado y deliberando en el fondo
- 3.2. Fundamentos del Fallo.- Así planteado el recurso, se examina de la siguiente manera
- En el caso en examen y respecto de la supuesta violación del artículo 574 del
- Con relación a la errónea interpretación del artículo 741-II) del Código Civil
- Con relación al artículo 572 del Código Civil, dicha norma legal prevé la posibilidad de
- En cuanto a la tercera denuncia el apoderado del recurrente contradictoriamente acusa que no correspondía
- En lo que atañe a los efectos de la resolución fundamentalmente a los que se
- En mérito de las consideraciones precedentes, resulta evidente que no son ciertas las denuncias formuladas
- IV. POR TANTO
- Se regula el honorario profesional en la suma de Bs
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Libro Tomas de Razón 197/2013
