Auto Supremo AS/0209/2013
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0209/2013

Fecha: 28-May-2013

Por disposición del artículo 296 del Código del Niño, Niña y Adolescente, en los procedimientos

Por disposición del artículo 296 del Código del Niño, Niña y Adolescente, en los procedimientos por infracciones, prevé la aplicación supletoria del procedimiento para los delitos; es decir las normas del Código de Procedimiento Penal, lo cual sucede con relación al cómputo de los plazos para impugnar, en razón a que el Código del Niño, Niña y Adolescente no tiene previsión sobre este extremo. Consiguientemente corresponde aplicar dicha norma supletoria conforme lo tiene sentado el Tribunal Constitucional Plurinacional en la Sentencia Constitucional Nº 1003/2012