Auto Supremo AS/0256/2013
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0256/2013

Fecha: 21-May-2013

En ese sentido y en la especie, este punto recurrido en casación en el fondo

En ese sentido y en la especie, este punto recurrido en casación en el fondo por los recurrentes, en nada coincide con los agravios impugnados en apelación de Sentencia (fojas 620 a 634 vuelta) ante la Jueza A quo y que fueron objeto de la resolución de vista, donde apelaron refiriendo concretamente que se “desconoce lo dispuesto por el Decreto Ley Nº 18412 de 16 de junio de 1981 (Fs. 101 a 107), las resoluciones judiciales de cosa juzgada, además convalida un contrato en el cual tanto el actor como sus vendedores actuaron de mala fé además de ser motivados por objeto y causa ilícitos”; pero de ningún modo hicieron referencia a que “la transferencia de los mismos inmuebles a personas distintas debe ser efectuado POR EL MISMO PROPIETARIO” y “el derecho propietario adquirido por el demandante y por nosotros ha sido transferido por distintas personas” -hecho recién recurrido en casación, en este punto-, de ahí que la resolución superior no cuestionó nada al respecto, menos por consiguiente le corresponde a este Tribunal Supremo, porque de hacerlo se estaría frente a un "per saltum"