La Sala Penal Segunda del Tribunal Supremo de Justicia, en aplicación del art
Por lo expuesto corresponde dejar sin efecto el Auto de Vista impugnado, a efecto de que el tribunal de apelación dicte nueva resolución, considerando los fundamentos del presente Auto Supremo que se constituyen en doctrina legal aplicable.
POR TANTO
La Sala Penal Segunda del Tribunal Supremo de Justicia, en aplicación del art. 419 del CPP, DEJA SIN EFECTO el Auto de Vista 59 de 24 de agosto de 2012, cursante de fs. 227 a 229, disponiendo que la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, previo sorteo y sin espera de turno, pronuncie una nueva resolución de acuerdo con la doctrina legal establecida
- Por memorial presentado el 9 de enero de 2013, cursante de fs
- Por lo expuesto, interpone recurso de casación, solicitando su admisión para que el Tribunal Supremo
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación y establecido el ámbito de análisis
- III
- La Constitución Política del Estado (CPE) reconoce y garantiza el derecho al debido proceso en
- Requisitos de la fundamentación o motivación, que deben ser tomados en cuenta por el juzgador
- Lo anterior significa, que se estará ante una la falta de fundamentación o motivación cuando
- Por otra parte, debe tenerse en cuenta que la parte que se sienta perjudicada por
- Los reclamos efectuados fueron resueltos por Auto de Vista impugnado, con los siguientes argumentos: i)
- Lo referido, implica que la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de La
- La Sala Penal Segunda del Tribunal Supremo de Justicia, en aplicación del art
- A los efectos de lo previsto por el art
- En aplicación del art
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- SALA PENAL SEGUNDA DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
