Por lo expuesto, interpone recurso de casación, solicitando su admisión para que el Tribunal Supremo
I. DEL RECURSO DE CASACIÓN
I.1. Antecedentes
a) En mérito a la acusación pública (fs. 3 a 7) y desarrollada la audiencia de juicio oral, por Sentencia 19/2009 de 7 de octubre (fs. 125 a 135), el Tribunal Primero de Sentencia de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, declaró a Juan Marca Poma, autor y culpable de la comisión del delito de Tráfico de Sustancias Controladas, previsto y sancionado por el art. 48 con relación al art. 33 incs. m), ll) y k) de la Ley 1008, imponiéndole la pena de diez años de presidio y doscientos días multa a razón de Bs. 2.- (dos bolivianos), más el resarcimiento de daños y perjuicios al Estado y costas del juicio.
Contra la mencionada Sentencia, el recurrente formuló recurso de apelación restringida (fs. 140 a 151 vta.), resuelto por Auto de Vista 59/2012 de 24 de agosto, dictado por la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, que admitió el recurso y lo declaró infundado, confirmando la Sentencia apelada, lo que motivó la interposición del presente recurso de casación.
I.2. Motivos del recurso y su admisión
Previo análisis del memorial de recurso de casación que cursa de fs. 254 a 264, se identificaron seis motivos, respecto a los cuales, mediante Auto Supremo 157/2013-RA de 31 de mayo de fs. 274 a 277, se concluyó que el recurrente no cumplió con los requisitos previstos por los arts. 416 y 417 del CPP; empero, esta Sala admitió el recurso de casación vía flexibilización, debido a que el recurrente denunció que el Auto de Vista impugnado vulneró su derecho al debido proceso en su componente de debida fundamentación y el derecho a la defensa, por cuanto no resolvió todos y cada uno de los puntos apelados o lo hizo sin la debida fundamentación tales como los relativos a la denuncia de falta de fundamentación de la Sentencia respecto a las conclusiones arribadas y a la imposición de la pena, la consideración de su declaración como prueba así como de los testimonios policiales y las circunstancias erradas de una aparente flagrancia en el hecho.
I.3. Petitorio
Por lo expuesto, interpone recurso de casación, solicitando su admisión para que el Tribunal Supremo de Justicia case la resolución recurrida y, devuelva los actuados al Tribunal Departamental de Justicia para que dicte nueva resolución de acuerdo a la doctrina legal establecida
- Por memorial presentado el 9 de enero de 2013, cursante de fs
- Por lo expuesto, interpone recurso de casación, solicitando su admisión para que el Tribunal Supremo
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación y establecido el ámbito de análisis
- III
- La Constitución Política del Estado (CPE) reconoce y garantiza el derecho al debido proceso en
- Requisitos de la fundamentación o motivación, que deben ser tomados en cuenta por el juzgador
- Lo anterior significa, que se estará ante una la falta de fundamentación o motivación cuando
- Por otra parte, debe tenerse en cuenta que la parte que se sienta perjudicada por
- Los reclamos efectuados fueron resueltos por Auto de Vista impugnado, con los siguientes argumentos: i)
- Lo referido, implica que la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de La
- La Sala Penal Segunda del Tribunal Supremo de Justicia, en aplicación del art
- A los efectos de lo previsto por el art
- En aplicación del art
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- SALA PENAL SEGUNDA DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
