De los memoriales que cursan de fs
I. ANTECEDENTES DEL PROCESO
De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece:
En mérito a la acusación pública (fs. 4 a 6 vta.) y desarrollada la audiencia de juicio oral, por Sentencia 06/2012 de 30 de marzo (fs. 595 a 600 vta.), el Tribunal de Sentencia de la provincia Germán Busch del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, declaró a los imputados Maritza Guerra Vargas, Tito Peredo Quiroz y René Cari, autores de los delitos de Tráfico de Sustancias Controladas y Asociación Delictuosa y Confabulación, previstos y sancionados por los arts. 48 en relación al 33 inc. m) y 53 de la Ley 1008, condenándoles a la pena de trece años y tres meses de presidio, más el pago de mil días multa a razón de dos bolivianos por día y el pago de costas a favor del Estado, a calificarse en ejecución de sentencia.
La citada Sentencia fue recurrida en apelación restringida por Tito Peredo Quiroz (fs. 625 a 627), René Cari (fs. 631 a 633) y Maritza Guerra Vargas (fs. 635 a 636), complementada por disposición de Auto de 15 de noviembre de 2012, mediante memoriales, de fs. 658 a 660, en el caso de Tito Peredo; y, de fs. 664 a 666, para el caso de Maritza Guerra Vargas, motivando el pronunciamiento del Auto de Vista 17 de 28 de febrero de 2013, que declaró admisible e improcedente el recurso promovido por René Cari, e, inadmisibles los propuestos por Tito Peredo Quiroz y Maritza Guerra Vargas.
Notificados ambos recurrentes con el precitado Auto de Vista el 2 de abril de 2013 (fs. 683 bis), interpusieron los recursos que son materia de autos el 5 del mismo mes y año.
II. MOTIVOS DE LOS RECURSOS DE CASACIÓN
De los memoriales que cursan de fs. 684 a 687 vta. y de fs. 688 a 691 vta., se extraen los siguientes motivos:
II.1. Recurso de casación de Tito Peredo Quiroz
- Por memoriales presentados el 5 de abril de 2013, Tito Peredo Quiroz (fs
- De los memoriales que cursan de fs
- El art
- En este contexto, el art
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia
- El precepto legal contenido en el citado art
- Se constata en primer término, en el caso de ambos recurrentes, que notificados con el
- En cuanto al recurso planteado por Tito Peredo Quiroz, es necesario dividir el análisis en
- Respecto a los demás motivos, se evidencia que los argumentos por los que realiza la
- descontento con la Sentencia apelada y afirmaciones de quebrantamiento de normas, sin mencionar cuál la
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- SALA PENAL SEGUNDA DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
