Auto Supremo AS/0195/2013-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0195/2013-RA

Fecha: 25-Jul-2013

En cuanto al segundo motivo del recurso, la recurrente incide en una errónea aplicación de



En cuanto al segundo motivo del recurso, la recurrente incide en una errónea aplicación de la ley sustantiva en el hecho de que se realizó una indebida subsunción del tipo penal de injuria a los hechos probados en juicio, al haberse exigido la existencia del animus injuriandi para la configuración de aquel tipo penal; sin embargo, en este tópico la recurrente omite la invocación de algún precedente contradictorio que haga sustento a un eventual análisis de fondo, pues si bien refiere en su texto al Auto Supremo 31 de 26 de marzo de 2007, su enunciación sólo va introducida referencialmente, más no cómo argumento de contradicción con el fondo de la problemática planteada; de lo que y al no estar cumplidos los requisitos procesales detallados en el punto ii) del acápite III del presente Auto Supremo, no corresponde el análisis de fondo de este motivo