Con base a la Acusación Particular, previa la sustanciación del juicio oral, el Juzgado de
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA PENAL LIQUIDADORA
AUTO SUPREMO Nº: 261/2013
Fecha: Sucre, 12 de julio de 2013
Distrito: Cochabamba
Expediente: 122/11
Partes: Raquel Wallstron Mercado contra Lenny Rubens Villarroel
Delito: Apropiación Indebida, Abuso de Confianza y Alzamiento de Bienes o Falencia Civil
Recurso: Casación
VISTOS: (Del recurso en cuestión)
El Recurso de Casación planteado por Raquel Wallstron Mercado, de fs. 244 a 247, impugnando el Auto de Vista de 5 de agosto de 2011 cursante de fs. 231 a 233 de obrados, pronunciado por la Sala Penal Primera de la Corte Superior de Justicia del Distrito Judicial de Cochabamba, dentro del proceso penal seguido por la recurrente contra Lenny Rubens Villarroel, por la presunta comisión de los delitos de Apropiación Indebida, Abuso de Confianza y Alzamiento de Bienes o Falencia Civil, previstos y sancionados por los arts. 345, 346 y 344 del Código Penal, los antecedentes, y;
CONSIDERANDO I: (Circunstancias Procesales)
Que, a los fines de resolver el Recurso de Casación que fue interpuesto en Autos, se tiene los siguientes antecedentes:
Con base a la Acusación Particular, previa la sustanciación del juicio oral, el Juzgado de Sentencia Segundo del Distrito Judicial de Cochabamba, mediante Sentencia N° 07/2011, de 28 de marzo de 2011 de fs. 182 a 186, resolvió declarar a Lenny Rubens Villarroel:
1.- Autora de la comisión de los delitos de Apropiación Indebida y Abuso de Confianza, previstos y sancionados por los arts. 345, 346 del Código Penal y se le impuso la pena de tres años (3) de reclusión a cumplir en la Cárcel de “San Sebastián” mujeres, con costas y resarcimiento de daños civiles de conformidad a lo dispuesto por el art. 365 del Código de Procedimiento Penal
SALA PENAL LIQUIDADORA
AUTO SUPREMO Nº: 261/2013
Fecha: Sucre, 12 de julio de 2013
Distrito: Cochabamba
Expediente: 122/11
Partes: Raquel Wallstron Mercado contra Lenny Rubens Villarroel
Delito: Apropiación Indebida, Abuso de Confianza y Alzamiento de Bienes o Falencia Civil
Recurso: Casación
VISTOS: (Del recurso en cuestión)
El Recurso de Casación planteado por Raquel Wallstron Mercado, de fs. 244 a 247, impugnando el Auto de Vista de 5 de agosto de 2011 cursante de fs. 231 a 233 de obrados, pronunciado por la Sala Penal Primera de la Corte Superior de Justicia del Distrito Judicial de Cochabamba, dentro del proceso penal seguido por la recurrente contra Lenny Rubens Villarroel, por la presunta comisión de los delitos de Apropiación Indebida, Abuso de Confianza y Alzamiento de Bienes o Falencia Civil, previstos y sancionados por los arts. 345, 346 y 344 del Código Penal, los antecedentes, y;
CONSIDERANDO I: (Circunstancias Procesales)
Que, a los fines de resolver el Recurso de Casación que fue interpuesto en Autos, se tiene los siguientes antecedentes:
Con base a la Acusación Particular, previa la sustanciación del juicio oral, el Juzgado de Sentencia Segundo del Distrito Judicial de Cochabamba, mediante Sentencia N° 07/2011, de 28 de marzo de 2011 de fs. 182 a 186, resolvió declarar a Lenny Rubens Villarroel:
1.- Autora de la comisión de los delitos de Apropiación Indebida y Abuso de Confianza, previstos y sancionados por los arts. 345, 346 del Código Penal y se le impuso la pena de tres años (3) de reclusión a cumplir en la Cárcel de “San Sebastián” mujeres, con costas y resarcimiento de daños civiles de conformidad a lo dispuesto por el art. 365 del Código de Procedimiento Penal
- Con base a la Acusación Particular, previa la sustanciación del juicio oral, el Juzgado de
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- Que, ante esta Sentencia, Raquel Wallstron Mercado de fs
- Refiriéndose al art
- Auto Supremo N° 205 de 28 de marzo de 2007
- Auto Supremo N° 443 de 12 de septiembre de 2007
- Auto Supremo N° 99 de 24 de marzo de 2005
- El Auto de apertura de juicio se hubiera señalado los arts
- No existiendo doble instancia el tribunal de Alzada debió Anular total o parcialmente la Sentencia
- Realizando una transcripción de los arts
- Del Precedente Contradictorio Invocado
- De la solicitud
- Se define a la Casación, como un instrumento político-jurídico que tiene una doble finalidad: por
- De ahí según prevé el art
- La procedencia del Recurso de Casación, está dada al cumplimiento de un conjunto de requisitos
- De la forma
- En el Recurso de Casación, se deberá señalar, la contradicción en términos precisos y como
- El incumplimiento a los presupuestos señalados
- Plazo: La fecha, desde la que corresponde computar el plazo de los 5 días para
- Conforme lo previsto por el art
- Auto de Vista de 14 de abril de 2003 emitido por la Sala Penal Segunda
- B) De la contradicción del Precedente Contradictorio y el Auto de Vista recurrido
- Auto Supremo N° 356 de 26 de junio de 2009
- El recurso planteado, no cumple con las exigencias establecidas por el legislador, toda vez, que
- La recurrente, si bien señaló como infringidos los arts
- Por lo señalado anteriormente, el Recurso de Casación resulta inadmisible, toda vez que el recurrente,
- POR TANTO
- Libro Tomas de Razón 261/2013
