Auto Supremo AS/0264-A/2013
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0264-A/2013

Fecha: 19-Jul-2013

h)Evidentemente, no se puede obviar que las normas sobre competencia son normas de orden público,

h)Evidentemente, no se puede obviar que las normas sobre competencia son normas de orden público, y su inobservancia puede determinar la nulidad de actuaciones, ya que de conformidad al art. 13 de la Ley del Órgano Judicial (Ley 025 de 24 de junio del 2010), la competencia solo se puede prorrogar en razón de territorio, por consentimiento expreso o tácito de las partes