CONSIDERANDO II: Que de la revisión y compulsa de los antecedentes del proceso y lo
Concluye el memorial, manifestando: “Con todas la violaciones que he hecho notar seguramente la Sala Social y Administrativa de la Excelentísima Corte Suprema de Justicia emitirá una resolución, conforme al Art. 271 inciso 3) del Código de Procedimiento Civil.”
CONSIDERANDO II: Que de la revisión y compulsa de los antecedentes del proceso y lo fundamentado en los recursos de casación, se establece lo siguiente:
Con carácter previo y antes de ingresar al análisis de la problemática planteada, se debe aclarar que el presente recurso se halla interpuesto como de nulidad, pero que se limita a una simple relación de hechos que se produjeron durante la tramitación del proceso y que si bien es cierto que cita algunas disposiciones legales que supuestamente hubieran sido infringidas, no precisa cómo, por qué y de qué manera se hubieran producido esas supuestas violaciones, además de no contar con un petitorio claro y concreto, limitándose a señalar: “Con todas la violaciones que he hecho notar seguramente la Sala Social y Administrativa de la Excelentísima Corte Suprema de Justicia emitirá una resolución, conforme al Art. 271 inciso 3) del Código de Procedimiento Civil.” Los aspectos señalados, no hacen posible que este Tribunal Supremo ingrese al fondo a objeto de resolver la causa
- CONSIDERANDO I: Que tramitado el proceso coactivo fiscal a demanda de la Honorable Alcaldía Municipal
- En grado de apelación, formulada por el demandado, Bonny Alberto Choque Cruz (fojas 158 y
- Que, del referido Auto de Vista, Bonny Alberto Choque Cruz, interpuso el recurso de nulidad
- Prosigue señalando que el Poder Notariado de fojas 66 a 67, fue concedido por Segundino
- Acusa de otro lado, que Marco A
- CONSIDERANDO II: Que de la revisión y compulsa de los antecedentes del proceso y lo
- El memorial del recurso acusa que el Testimonio de Poder presentado y que cursa de
- A mayor abundamiento, también la jurisprudencia enseña que en casación se plantean cuestiones de derecho
- Que, a este efecto y de la revisión del recurso en análisis, se establece que
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Liquidadora del Supremo Tribunal de Justicia, con la
- REGÍSTRESE, NOTIFÍQUESE Y DEVUÉLVASE.
