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    Auto Supremo AS/0342/2013
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0342/2013

    Fecha: 30-Jul-2013

    Libro de Tomas de Razón 342/2013

    Fdo. Dra. Elisa Sánchez Mamani
    Fdo. Dra. Ana Adela Quispe Cuba
    Fdo. Dr. Javier M. Serrano Llanos
    Libro de Tomas de Razón 342/2013
    • CONSIDERANDO I
    • Apelada la sentencia por Moisés Aguilera López en representación legal de la Dirección de Registro,
    • Esta resolución de segunda instancia, dio lugar al planteamiento del recurso de casación en el
    • CONSIDERANDO II
    • En el marco de esa facultad, corresponde puntualizar que, la jurisdicción es la potestad que
    • Al ser la competencia la medida de la jurisdicción también es de orden público, indelegable
    • Por otra parte, el artículo 333 del Código de Procedimiento Civil, establece que, cuando la
    • En el marco de lo referido precedentemente, en el sub lite, la actora Mirtha Elena
    • De lo expuesto, se concluye que, si bien la actora acompaña prueba documental referida a
    • Bajo este precedente, en el caso concreto, correspondía al Juez de primera instancia observando las
    • Por las razones expuestas, estado comprendido el actuar de los tribunales de instancia dentro el
    • POR TANTO: La Sala Civil Liquidadora del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de
    • No siendo excusable el error en que han incurrido los jueces de instancia, se les
    • Cumpliendo lo previsto por el artículo 17 - IV de la Ley del Órgano Judicial,
    • Regístrese, notifíquese y devuélvase
    • Libro de Tomas de Razón 342/2013

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