3.1.- Recurso de casación.- Se efectúan las siguientes denuncias
III. CONSIDERANDO:
3.1.- Recurso de casación.- Se efectúan las siguientes denuncias:
Acusa que el Tribunal ad quem habría violado el artículo 236 del Código de Procedimiento Civil, porque omitió resolver sobre su apelación de fojas 394 a 401, y por no haberse abierto competencia para resolver su recurso; alega que el Auto de Vista se encuentra incompleto, que omiten resolver en una de las formas previstas por el artículo 237 parágrafo I del Código de Procedimiento Civil, que en ese Auto de Vista incompleto se le está imponiendo cumplir con el punto 3 de la parte resolutiva de la sentencia que ordena ilegalmente el pago de la suma de $us. 40.000, por concepto de entrega de mercaderías. Añade que al no haberse resuelto su apelación, el Tribunal de alzada, ha desconocido su propia jurisdicción y competencia, con infracción del artículo 90 parágrafo I del Código de Procedimiento Civil
3.1.- Recurso de casación.- Se efectúan las siguientes denuncias:
Acusa que el Tribunal ad quem habría violado el artículo 236 del Código de Procedimiento Civil, porque omitió resolver sobre su apelación de fojas 394 a 401, y por no haberse abierto competencia para resolver su recurso; alega que el Auto de Vista se encuentra incompleto, que omiten resolver en una de las formas previstas por el artículo 237 parágrafo I del Código de Procedimiento Civil, que en ese Auto de Vista incompleto se le está imponiendo cumplir con el punto 3 de la parte resolutiva de la sentencia que ordena ilegalmente el pago de la suma de $us. 40.000, por concepto de entrega de mercaderías. Añade que al no haberse resuelto su apelación, el Tribunal de alzada, ha desconocido su propia jurisdicción y competencia, con infracción del artículo 90 parágrafo I del Código de Procedimiento Civil
- II. CONSIDERANDO
- 3.1.- Recurso de casación.- Se efectúan las siguientes denuncias
- Acusa que el Tribunal ad quem ha perdido competencia de acuerdo a lo previsto por
- Finalmente pide que se anule obrados con reposición hasta el estado que el Tribunal ad
- 3.2. Fundamentos del Fallo.- Así planteado el recurso, corresponde efectuar las siguientes consideraciones
- La precautela de los derechos y garantías constitucionales, es, en primer término, deber de la
- La estricta correspondencia entre los agravios invocados en la apelación y el pronunciamiento del Tribunal
- Por mandato del artículo 192-3) del Código de Procedimiento Civil, la parte resolutiva de la
- El requisito de exhaustividad de los fallos judiciales, exige a los jueces de instancia,
- Ciertamente el Auto de Vista debe pronunciarse en alguna de las formas previstas por el
- En el caso en examen, si bien es cierto que el Tribunal ad quem, en
- En mérito a las consideraciones precedentes y con relación a la denuncia que se la
- IV. POR TANTO
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- Primer Magistrado Relator Dr
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Libro de Tomas de Razón 346/2013
