Además, manifestó que el Tribunal de Segunda Instancia al dictar el Auto de Vista recurrido,
Además, manifestó que el Tribunal de Segunda Instancia al dictar el Auto de Vista recurrido, no valoró la prueba producida otorgando el derecho al desahucio por un supuesto despido intempestivo, cuando en realidad la demandante fue oportunamente comunicada sobre la conclusión de su contrato de trabajo
- VISTOS: El recurso de casación en el fondo
- Apelada la Sentencia por el demandado (fs
- Dicho fallo motivó el recurso de casación en el fondo de fs
- Además, manifestó que el Tribunal de Segunda Instancia al dictar el Auto de Vista recurrido,
- Concluyó solicitando de manera expresa que se case en el fondo el Auto de Vista
- CONSIDERANDO II: No obstante que el recuso planteado no cumple a cabalidad con los requisitos
- Por otra parte, a fs
- Según lo anotado, no es evidente que el Tribunal ad quem al confirmar el desahucio
- Se regula honorario profesional de abogado, en la suma de Bs
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmando: Dra. Norka N. Mercado Guzmán
- Dr. Antonio G. Campero Segovia
- Ante mí: Dra. Carla Jimena Rivera Taboada
- Secretaria de Sala Social y Administrativa
