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    Auto Supremo AS/0406/2013
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0406/2013

    Fecha: 16-Jul-2013

    Finalmente, manifestó que el Auto de Vista se funda solamente en la opinión personal

    Finalmente, manifestó que el Auto de Vista se funda solamente en la opinión personal de los Vocales y que por lo tanto atenta al orden público previsto en el artículo 90 del Código de Procedimiento Civil
    • VISTOS: El recurso de casación en el fondo de fs
    • Asimismo, declara improbada la demanda con relación a sueldos devengados, aguinaldo de la gestión 2010,
    • En grado de apelación deducida por Verónica Gómez Reyes (fs
    • Dicho fallo motivó el recurso de casación de fs
    • Así mismo señaló que es deber de los jueces fundar toda resolución aplicando y respetando
    • Finalmente, manifestó que el Auto de Vista se funda solamente en la opinión personal
    • Concluyó solicitando conceder el recurso para que el Tribunal Supremo de Justicia, deliberando en el
    • CONSIDERANDO II: Que, del examen del recurso, corresponde verificar si es o no evidente lo
    • En este contexto, la doctrina laboral ha entendido que en el derecho laboral, por su
    • En tal sentido el artículo 46
    • En consecuencia al haber establecido la existencia de la relación laboral, el Tribunal ad quem
    • POR TANTO: La Sala Social y Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, en ejercicio de
    • Se regula el honorario de abogado en la suma de Bs
    • Regístrese, notifíquese y devuélvase

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