Auto Supremo AS/0406/2013
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0406/2013

Fecha: 16-Jul-2013

POR TANTO: La Sala Social y Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, en ejercicio de

Por lo expuesto, se llega al convencimiento que el Tribunal de grado, en este caso de segunda instancia, ha hecho una correcta aplicación de la ley, valorando adecuadamente las pruebas adjuntadas durante la tramitación de la causa, concluyendo que al no ser evidentes las infracciones denunciadas por parte del demandado, las afirmaciones realizadas en el recurso de casación de fs. 78-79, carecen de sustento fáctico y legal, de donde se tiene que el Auto de Vista recurrido se sujeta a las leyes vigentes, no observándose violación de norma legal alguna; al contrario existió correcta valoración, interpretación y aplicación de la ley, por lo que corresponde resolver en el marco de las disposiciones legales contenidas en los artículos. 271. 2) y 273 del Código de Procedimiento Civil, aplicables por mandato de la norma remisiva contenida en el artículo 252 del Código Procesal del Trabajo.

POR TANTO: La Sala Social y Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, en ejercicio de la atribución prevista en los artículos 184. 1 de la Constitución Política del Estado y 42. I. 1 de la Ley del Órgano Judicial Nº 025 de 24 de junio de 2010, declara INFUNDADO el recurso de casación de fs. 78-79, con costas