Auto Supremo AS/0225/2013
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0225/2013

Fecha: 02-Ago-2013

POR TANTO: La Sala Penal Primera del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de

POR TANTO: La Sala Penal Primera del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia, con la facultad conferida por el artículo 42 numeral 1 de la Ley del Órgano Judicial y en aplicación de la disposición contenida en el artículo 418 del Código de Procedimiento Penal, declara ADMISIBLE el recurso de casación interpuesto por Hermo Rolando Paredes Mendoza (fs. 449 a 455), impugnando el Auto de Vista emitido el 25 de abril de 2013 por la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba (fs. 432 a 434), en el proceso penal seguido por el recurrente contra Marco Antonio Paredes Mendoza y Javier Omar Bustamante Sejas, por la presunta comisión de los delitos de despojo, perturbación de posesión y daño simple, previstos y sancionados por los artículos 351, 353 y 357 del Código Penal