Auto Supremo AS/0412/2013
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0412/2013

Fecha: 30-Ago-2013

Que, el Juez a quo, en la vía reconvencional, no se pronunció sobre la disolución,

Que el Juez a quo no se pronunció sobre el incumplimiento de funciones del gerente general y que el Tribunal ad quem le causa agravio al indicar que el juez a quo no podía pronunciarse por que este hecho no era motivo de probanza, e invoca el artículo 190 del Código de Procedimiento Civil.
Que, el Juez a quo, en la vía reconvencional, no se pronunció sobre la disolución, liquidación y consiguiente división del pasivo de la sociedad, y que el Tribunal ad quem señala que no se hizo reclamo ante el juez a quo por lo que se convalidó todo lo actuado, y que dan por hecho el silencio infractor del órgano encargado de administrar justicia, teniendo en cuenta que las pretensiones han sido formuladas, e invoca el artículo 190 del Código de Procedimiento Civil