Auto Supremo AS/0413/2013
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0413/2013

Fecha: 30-Ago-2013

Igualmente, refirió, teniendo que la Constitución Política del Estado es norma procesal penal, es aplicable

Igualmente, refirió, teniendo que la Constitución Política del Estado es norma procesal penal, es aplicable al presente caso el principio de ultractividad de la Ley penal, motivo por el cual, el Tribunal aplicó la primacía Constitucional establecida en el art. 228 de la Constitución Abrogada y no siendo facultad de los Tribunales de Alzada volver a revalorizar la prueba que desfiló bajo la inmediación del Tribunal, no consideró la norma contenida en el art. 81 de esta Ley Suprema, además que no era motivo de recurso