ANTECEDENTES DEL PROCESO
VISTOS: El recurso de casación en el fondo de fs. 76 a 77, interpuesto por Xavier Belzu Crespo y Norma Belzu Crespo, contra del Auto de Vista de fecha 07 de febrero 2013 cursante a fs. 70y vlta., pronunciado por la Sala Civil Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, en el proceso de Cumplimiento de Contrato, más pago de daños y perjuicios, seguido por Carlos Dante Gonzales Castellón contra Xavier Belzu Crespo y Norma Belzu Crespo, la concesión de fs. 83, los antecedentes del proceso, y:
CONSIDERANDO I:
ANTECEDENTES DEL PROCESO:
El Juez de Partido Quinto en lo Civil y Comercial dictó la Sentencia de fecha 21 de septiembre 2012, que cursa de fs. 55 a 56 vlta, declarando Probada la demanda de fs. 11 a 12 vlta, en cuanto al cumplimiento del contrato, entrega de la máquina de imprenta y pago de intereses convenidos; también declaró Improbada la demanda reconvencional de nulidad del contrato de fecha 8 de mayo de 2008. En consecuencia se dispuso la entrega de la maquinaria en el plazo de 3 días de ejecutoriada la sentencia, más los interés
- Partes: Carlos Dante Gonzales Castellón. c/ Norma Belzu Crespo y Xavier Belzu Crespo
- Proceso: Cumplimiento de Contrato, más pago de daños y perjuicios
- Distrito: Santa Cruz
- ANTECEDENTES DEL PROCESO
- Dicho fallo de primera instancia, fue recurrido en apelación por los demandados, recurso que fue
- Contra dicha resolución de segunda instancia, los apelantes, se alzan en casación en el fondo,
- DE LOS HECHOS QUE MOTIVAN LA IMPUGNACIÓN
- Por otro lado sostuvo que el Juez de instancia podía acomodar las preguntas vertidas para
- De manera específica su recurso de casación se ampara en lo normado en el art
- No obstante estar interpuesto el recurso de casación en el fondo sin la correcta aplicación
- 2
- Documentos que conforme lo estipula los arts
- Por otra parte si los recurrentes consideraban que los Tribunales de Instancia no observaron su
- Por dicho motivo a manera de aclaración con respecto a lo acusado con referencia a
- Por otra parte con respecto a la audiencia de conciliación, indicarle a los recurrentes que,
- Por lo expuesto corresponde emitir fallo conforme a la previsión contenida en los arts
- POR TANTO
- Se regula honorario del abogado en la suma de Bs. 1.000
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relator: Mgdo. Dr. Rómulo Calle Mamani
- Libro Tomas de Razón: Quinto
