Auto Supremo AS/0425/2013
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0425/2013

Fecha: 16-Ago-2013

Por dicho motivo a manera de aclaración con respecto a lo acusado con referencia a

Por dicho motivo a manera de aclaración con respecto a lo acusado con referencia a la confesión judicial, el Juez A quo al igual que el Ad quem, establecieron que dicho actuado procesal no tiene ninguna incidencia en la decisión de la litis, no cambia nada, ni afecta en lo absoluto la decisión asumida en obrados, tampoco aporta ningún elemento de convicción que pueda acreditar la pretensión del demandado en su demanda reconvencional, decisión que resulta la correcta, toda vez que confrontada las preguntas para la confesión provocada, éstas no contribuyen a esclarecer el hecho, ninguna de las preguntas realizadas en la confesión provocada son conducentes a establecer con claridad y de manera concluyente la veracidad de los hechos que fueron motivo de probanza y aun dándole por confeso al demandante no resultaba trascendente dicha confesión para cambiar la decisión en la litis