Auto Supremo AS/0425/2013
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0425/2013

Fecha: 16-Ago-2013

De manera específica su recurso de casación se ampara en lo normado en el art

De manera específica su recurso de casación se ampara en lo normado en el art. 253 núm. 1 y 3 (no se especifica el compendio legal) pero para fines de materia se considera que los recurrentes se basaron en el Código de Procedimiento Civil, indicando que se interpretó erróneamente las normas en lo referente a la confesión provocada y la audiencia de conciliación y que estas no se llevaron a cabo y causan parcialidad del Juez de la causa; por otro lado respecto al documento indica que el Tribunal de Alzada no entro al fondo so pretexto de no contar con expresión de agravios, por dicho motivo solicitó que se Case el Auto de Vista y se declare probada su reconvención con costas