ANTECEDENTES DEL PROCESO
Proceso: Ordinario de Declaratoria de Imposibilidad sobreviniente en contrato
Distrito: Santa Cruz
VISTOS: El recurso de casación en el fondo de fs. 445 a 449 de obrados interpuesto por Rodolfo Mario Castedo Boland y María Ingrid Bernachi de Castedo contra el Auto de Vista Nº 397/2012 de 29 de noviembre 2012, cursante de fs. 442 y vlta., pronunciada por la Sala Civil Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, dentro el proceso de declaratoria de imposibilidad sobreviniente de cumplimiento de contrato seguido por los recurrentes en contra del Banco Unión S.A., los antecedentes procesales; y:
CONSIDERANDO I:
ANTECEDENTES DEL PROCESO:
Que, por Sentencia Nº 49/2011 de fecha 13 de junio 2011 emitida por el Juez Primero de partido en lo Civil y Comercial de la Capital, en suplencia, declaró improbada la demanda planteada por los actores Rodolfo Mario Castedo Boland y María Ingrid Bernachi de Castedo, así como improbada la excepción perentoria de falta de acción y derecho interpuesta por el Banco Unión S.A
Distrito: Santa Cruz
VISTOS: El recurso de casación en el fondo de fs. 445 a 449 de obrados interpuesto por Rodolfo Mario Castedo Boland y María Ingrid Bernachi de Castedo contra el Auto de Vista Nº 397/2012 de 29 de noviembre 2012, cursante de fs. 442 y vlta., pronunciada por la Sala Civil Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, dentro el proceso de declaratoria de imposibilidad sobreviniente de cumplimiento de contrato seguido por los recurrentes en contra del Banco Unión S.A., los antecedentes procesales; y:
CONSIDERANDO I:
ANTECEDENTES DEL PROCESO:
Que, por Sentencia Nº 49/2011 de fecha 13 de junio 2011 emitida por el Juez Primero de partido en lo Civil y Comercial de la Capital, en suplencia, declaró improbada la demanda planteada por los actores Rodolfo Mario Castedo Boland y María Ingrid Bernachi de Castedo, así como improbada la excepción perentoria de falta de acción y derecho interpuesta por el Banco Unión S.A
- Partes: Rodolfo Mario Castedo Boland, María Ingrid Bernachi de Castedo c/ Banco Unión S.A
- ANTECEDENTES DEL PROCESO
- Deducida la apelación por los esposos demandantes, ésta fue remitida ante el Tribunal de Alzada,
- En conocimiento de la determinación adoptada por el Ad quem, los esposos Castedo-Bernachi interpusieron recurso
- Amparado en la previsión contenida en el art
- 2
- 3.- Finalmente, señalan que la apelación en el efecto diferido no cuenta con fundamentación respectiva
- Afirmado lo anterior solicitan al Tribunal Supremo de Justicia se case la Resolución recurrida y
- FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
- El recurso de casación puede plantearse en el fondo o en la forma o en
- En ambos casos, ya sea que se deduzca recurso de casación en la forma o
- En el sub lite como se tiene señalado de manera precedente los recurrentes señalan
- Finalmente, en lo que corresponde al tercer punto señalado por los recurrentes, respecto a que
- Por lo señalado anteriormente, corresponde resolver conforme dispone los arts
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relatora: Mgda. Rita Susana Nava Durán
- Libro Tomas de Razón: Quinto
