Auto Supremo AS/0429/2013
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0429/2013

Fecha: 22-Ago-2013

El recurso de casación puede plantearse en el fondo o en la forma o en

El recurso de casación no es una tercera instancia, pues el Tribunal de casación es un Tribunal de derecho y no de hecho, por ello el recurso solo procede por las causales taxativamente indicadas por la ley, debiendo el Tribunal de Casación circunscribirse a considerar las causales invocadas por el recurrente y siempre que se formulen con observancia de los requisitos exigidos por la misma ley.
El recurso de casación puede plantearse en el fondo o en la forma o en ambos según dispone el art. 250 del Código de Procedimiento Civil. Sin embargo habrá que tener en cuenta que ambos –en el fondo y en la forma- son dos medios de impugnación diferentes. El primero se relaciona con el error "in judicando", es decir con el error en la resolución de fondo de la causa, no afecta a las formas en que se desarrolló el proceso, en este caso los hechos denunciados deben circunscribirse a las causales de procedencia establecidas en el art. 253 del Adjetivo Civil. En la forma, el recurso está relacionado con el error "in procedendo", es decir con el error o el vicio en la sustanciación del proceso, tiene que ver con el quebrantamiento de las formas previstas por. 254 del Código de Procedimiento Civil establece las causales de procedencia