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2.- Respecto a la denuncia de que la Sentencia contiene errores in judicando e improcedendo que contravienen lo dispuesto por el art. 91 del Código de Procedimiento Civil, este aspecto no merece mayor pronunciamiento, debido a que el recurrente debió acusar el mismo en el recurso de apelación, identificando en forma clara, concreta y precisa cuáles serían dichos errores y no hacerlo de manera general en etapa casacional
- Distrito: Chuquisaca
- ANTECEDENTES DEL PROCESO
- FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
- Recurso de casación en el fondo
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- Por las razones expuestas se concluye que no son evidentes los agravios expuestos por el
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Libro Tomas de Razón: Quinto
