Auto Supremo AS/0230/2013-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0230/2013-RA

Fecha: 12-Sep-2013

En atención al tercer motivo señalado en el inc



En atención al tercer motivo señalado en el inc. 3) del acápite II de la presente Resolución, el recurrente denuncia que el Tribunal de apelación respecto a sus denuncias tercera y cuarta planteadas en su apelación restringida, resolvió de manera contraria al precedente contradictorio invocado y emitido por la misma Sala Penal, citando como norma procesal incumplida el art. 370 incs. 5) y 6) del CPP; sin establecer como le correspondía, cuál el hecho similar y sin distinguir en términos precisos el sentido jurídico contradictorio entre el Auto de vista impugnado, con relación a la resolución judicial invocada como precedente, pues si bien se citó el Auto de Vista de 12 de abril de 2013, el recurrente no cumple con la carga procesal de exponer en que consiste la contradicción en los términos exigidos por el citado art. 417 del Código Procesal de la materia, lo que significa que, la forma inadecuada de formular el presente motivo, hace que este Tribunal no tenga abierta su competencia para conocerlo en el fondo del recurso, al no ser posible establecer el sentido jurídico contradictorio entre el Auto de Vista con el precedente contradictorio, sin que la omisión en la que incurrió el recurrente pueda ser suplida de oficio