Por memorial presentado el 27 de agosto de 2013, cursante de fs
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA PENAL SEGUNDA
AUTO SUPREMO Nº 230/2013-RA
Sucre, 12 de septiembre de 2013
Expediente : Cochabamba 41/2013
Parte acusadora : Ministerio Público y otro
Parte imputada : Abraham Carreño Linares y otros
Delito : Asesinato y otro
RESULTANDO
Por memorial presentado el 27 de agosto de 2013, cursante de fs. 1818 a 1821, Abraham Carreño Linares, interpone recurso de casación impugnando el Auto de Vista de 12 de agosto de 2013, de fs. 1801 a 1808 vta., pronunciado por la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público y Edwin Revollo Rivas contra el recurrente, Alfredo Lucio Miranda Quintanilla y Raúl Jaime Salinas Pimienta, por la presunta comisión de los delitos de Asesinato para el primero y Asesinato en grado de complicidad para los últimos, previstos y sancionados por los arts. 252 incs. 2), 3), 6) y 7) y 23 del Código Penal (CP) con relación al anterior, respectivamente
SALA PENAL SEGUNDA
AUTO SUPREMO Nº 230/2013-RA
Sucre, 12 de septiembre de 2013
Expediente : Cochabamba 41/2013
Parte acusadora : Ministerio Público y otro
Parte imputada : Abraham Carreño Linares y otros
Delito : Asesinato y otro
RESULTANDO
Por memorial presentado el 27 de agosto de 2013, cursante de fs. 1818 a 1821, Abraham Carreño Linares, interpone recurso de casación impugnando el Auto de Vista de 12 de agosto de 2013, de fs. 1801 a 1808 vta., pronunciado por la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público y Edwin Revollo Rivas contra el recurrente, Alfredo Lucio Miranda Quintanilla y Raúl Jaime Salinas Pimienta, por la presunta comisión de los delitos de Asesinato para el primero y Asesinato en grado de complicidad para los últimos, previstos y sancionados por los arts. 252 incs. 2), 3), 6) y 7) y 23 del Código Penal (CP) con relación al anterior, respectivamente
- Por memorial presentado el 27 de agosto de 2013, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- Del memorial que cursa de fs. 1818 a 1821, se extraen los siguientes motivos
- El art
- En este contexto, el art
- El precepto legal contenido en el citado art
- En el caso de autos, se constata que la recurrente cumplió con el primer requisito
- Con referencia al cumplimiento de los demás requisitos exigidos por los arts
- Con referencia a la SC 0129/2006-R de 6 de septiembre, invocada como precedente contradictorio; se
- En el segundo motivo precisado en el inc
- En atención al tercer motivo señalado en el inc
- En consecuencia, al no haberse cumplido con todos los requisitos de admisibilidad, el recurso de
- La Sala Penal Segunda del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL SEGUNDA DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
