2) SEGUNDO MOTIVO
2) SEGUNDO MOTIVO.- Con relación al defecto contenido en el Inc. 5 del Art. 370.- es importante destacar que el Tribunal Ad Quo ha motivado de forma clara y suficiente su sentencia respecto a la participación del imputado en el hecho objeto del juicio y su determinación circunstanciada
- CONSIDERANDO I: Que, el Tribunal de Sentencia Segundo de la ciudad de Santa Cruz,
- CONSIDERANDO II
- Sala Penal Segunda de la Corte Superior del Distrito de la ciudad de Santa
- 2) SEGUNDO MOTIVO
- 3) TERCER MOTIVO
- 1) Que, en el recurso de Apelación Restringida acusó claramente la inobservancia o errónea aplicación
- 3) Se indica que: a) se ha incurrido en inobservancia de la norma sustantiva, b)
- CONSIDERANDO IV: Que, desde una perspectiva amplia, señala ORTELLS RAMOS, el medio de impugnación se
- Que, en el contexto antes señalado, el sistema procesal penal vigente en el país ha
- CONSIDERANDO V: Que, ingresando a la consideración de las condiciones de admisibilidad del Recurso de
- Que, en el contexto antes descrito, se tiene que el recurrente se limitó a expresar
- POR TANTO: La Sala Penal Liquidadora del Tribunal Supremo de Justicia, en cumplimiento del art
- Regístrese y hágase saber y devuélvase
- Magistrada Relatora: Dra. Maria Lourdes Bustamante Ramírez
