3) Se indica que: a) se ha incurrido en inobservancia de la norma sustantiva, b)
3) Se indica que: a) se ha incurrido en inobservancia de la norma sustantiva, b) de ser simple sospechoso ocasional pasé a ser un autor principal, c) no se le atribuye ni directa ni correctamente el hecho delictivo, d) no se usaron pruebas idóneas para incriminarle, e) la fundamentación de la sentencia de primera instancia como el Auto de vista recurrido son contradictorias e indeficientes, f) no se encuentra lo suficientemente individualizado
- CONSIDERANDO I: Que, el Tribunal de Sentencia Segundo de la ciudad de Santa Cruz,
- CONSIDERANDO II
- Sala Penal Segunda de la Corte Superior del Distrito de la ciudad de Santa
- 2) SEGUNDO MOTIVO
- 3) TERCER MOTIVO
- 1) Que, en el recurso de Apelación Restringida acusó claramente la inobservancia o errónea aplicación
- 3) Se indica que: a) se ha incurrido en inobservancia de la norma sustantiva, b)
- CONSIDERANDO IV: Que, desde una perspectiva amplia, señala ORTELLS RAMOS, el medio de impugnación se
- Que, en el contexto antes señalado, el sistema procesal penal vigente en el país ha
- CONSIDERANDO V: Que, ingresando a la consideración de las condiciones de admisibilidad del Recurso de
- Que, en el contexto antes descrito, se tiene que el recurrente se limitó a expresar
- POR TANTO: La Sala Penal Liquidadora del Tribunal Supremo de Justicia, en cumplimiento del art
- Regístrese y hágase saber y devuélvase
- Magistrada Relatora: Dra. Maria Lourdes Bustamante Ramírez
